IVTM: Guía Definitiva del Impuesto de Circulación en España 2025 - Cálculo, Plazos y Consecuencias
Descubre cuánto pagarás por el impuesto de circulación en 2025. Guía completa con tablas oficiales y cómo evitar sanciones.
🔄 Última actualización: 9 de febrero de 2026
📋 Contenido del Artículo
- Introducción al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)
- ¿Qué es el IVTM y quién está obligado a pagarlo?
- Cálculo del impuesto: La clave de los caballos fiscales
- Tabla de tarifas mínimas legales del IVTM para 2025
- Plazos de pago del IVTM en 2025: Principales ciudades
- Métodos de pago disponibles
- Exenciones y bonificaciones aplicables
- Consecuencias de no pagar el IVTM
- Alternativas y gestión si no puedes pagar
- Consejos para una correcta gestión del IVTM
- Conclusión
- Preguntas Frecuentes
Introducción al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)
Ser propietario de un vehículo en España conlleva una serie de obligaciones fiscales ineludibles, entre las que destaca el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), conocido comúnmente como impuesto de circulación. Se trata de una tasa anual de carácter municipal cuya recaudación gestiona directamente cada ayuntamiento. Los fondos obtenidos se destinan al mantenimiento de infraestructuras viales, servicios municipales y otras partidas de interés local. Comprender a fondo este tributo, su cálculo, plazos y, especialmente, las consecuencias de su incumplimiento, es fundamental para cualquier conductor o titular de un vehículo, ya sea de propiedad particular o parte de una flota corporativa como la gestionada por empresas líderes en renting vehicular. Esta guía actualizada para 2025 desglosa todos los aspectos técnicos y legales del IVTM, integrando las últimas novedades normativas y procedimentales.

¿Qué es el IVTM y quién está obligado a pagarlo?
El IVTM es un impuesto directo que grava la titularidad de un vehículo apto para circular por la vía pública, independientemente de su uso efectivo. No es un impuesto sobre la circulación en sí, sino sobre la posesión. La obligación de pago recae sobre la persona física o jurídica que figure como titular del vehículo en el Permiso de Circulación a fecha de 1 de enero del año natural que se liquida. Este matiz es crucial: si vendes tu coche el 2 de enero de 2025, tú, como titular a 1 de enero, serás el responsable de abonar el IVTM correspondiente a todo el año 2025. El nuevo propietario asumirá la obligación a partir del 1 de enero de 2026. Esta norma aplica a turismos, motocicletas, autobuses, camiones, tractores, remolques y semirremolques con matrícula.
Cálculo del impuesto: La clave de los caballos fiscales
El monto a pagar por el IVTM se determina mediante dos variables principales: la potencia fiscal del vehículo (expresada en caballos fiscales, CF) y el tipo de vehículo. Los caballos fiscales son una unidad administrativa calculada con una fórmula que considera la cilindrada y el número de cilindros en motores de combustión, o parámetros equivalentes en vehículos eléctricos como BYD. No deben confundirse con los caballos de potencia real (CV). El Estado establece unas tarifas mínimas por tramos de potencia fiscal, pero cada ayuntamiento tiene potestad para incrementarlas a través de sus ordenanzas fiscales. Por ello, el mismo modelo de coche puede tributar cantidades diferentes en municipios distintos.

Tabla de tarifas mínimas legales del IVTM para 2025
| Caballos Fiscales (CF) | Tarifa Mínima Anual (EUR) |
|---|---|
| Menos de 8 CF | 12,62 € |
| De 8 a 11,99 CF | 34,08 € |
| De 12 a 15,99 CF | 71,94 € |
| De 16 a 19,99 CF | 89,61 € |
| De 20 CF en adelante | 112,00 € |
Para conocer la cuota exacta, el titular debe consultar las ordenanzas fiscales de su municipio, ya que esta tabla solo refleja el mínimo imponible. La tendencia hacia la electrificación del parque móvil, analizada en nuestro artículo sobre el Plan España Auto 2030, también influye en las políticas fiscales locales, pudiendo generar bonificaciones.
Plazos de pago del IVTM en 2025: Principales ciudades
El período voluntario de pago es establecido de forma autónoma por cada ayuntamiento. No existe una fecha única para toda España. Es responsabilidad del titular informarse a través del boletín municipal, la web del ayuntamiento o la notificación por carta. A continuación, se detallan los plazos confirmados para algunas de las capitales más pobladas en el ejercicio 2025:
- Madrid: Del 1 de abril al 2 de junio de 2025. Para pagos domiciliados, el cargo se realizará el 16 de junio. A partir de 2026, el cargo domiciliado se efectuará el último día del período voluntario.
- Barcelona: Del 15 de abril al 16 de junio de 2025. Los recibos domiciliados se cargarán el 3 de julio.
- Valencia: Del 1 de septiembre al 31 de octubre de 2025.
- Sevilla: Del 17 de marzo al 2 de junio de 2025.
- Zaragoza: Del 15 de abril al 16 de junio de 2025.
Es fundamental respetar estas fechas. El pago fuera del período voluntario conlleva recargos apreciables, incrementando el coste total de la deuda.
Métodos de pago disponibles
Los consistorios ofrecen varias vías para liquidar el impuesto, facilitando el cumplimiento al contribuyente:
- Domiciliación Bancaria: La opción más cómoda y segura. El ayuntamiento carga automáticamente el importe en la cuenta bancaria asociada dentro del plazo. Evita olvidos y recargos.
- Pago Online: A través de la sede electrónica del ayuntamiento, utilizando certificado digital, cl@ve o tarjeta bancaria. Muchos permiten pago mediante Bizum.
- Carta de Pago o Autoliquidación: Documento físico que se envía al domicilio fiscal. Con él, se puede pagar en entidades bancarias colaboradoras.
- Pago Presencial: En las oficinas de las entidades bancarias colaboradoras o, en algunos casos, en las propias oficinas municipales.
- Pago Telefónico: Algunos municipios habilitan líneas para pagar con tarjeta.
Exenciones y bonificaciones aplicables
La ley contempla exenciones obligatorias para ciertos vehículos (por ejemplo, los de personas con movilidad reducida que cumplan requisitos específicos). Además, los ayuntamientos pueden establecer bonificaciones discrecionales, cuyos porcentajes y condiciones varían enormemente. Las más comunes son:
- Bonificación por vehículos ecológicos: Muchos municipios aplican descuentos (del 50% al 75%) para turismos eléctricos puros, híbridos enchufables o de hidrógeno. Este incentivo está directamente ligado a los objetivos de descarbonización, como se expone en el análisis de la nueva normativa UE para flotas empresariales.
- Bonificación por familia numerosa: Algunos ayuntamientos ofrecen descuentos a titulares con este título.
- Bonificación por antigüedad del vehículo: En contadas localidades, para vehículos históricos o de más de 25 años.
Es imprescindible consultar la normativa local, ya que estas bonificaciones no son automáticas y suelen requerir solicitud expresa.
Consecuencias de no pagar el IVTM
Incumplir con el pago del impuesto de circulación tiene repercusiones graves y escalonadas. En primer lugar, tras el período voluntario, se inicia un período de apremio con recargos (intereses de demora y costes de ejecución) que incrementan la deuda inicial. Si el impuesto sigue sin pagarse, el ayuntamiento puede iniciar un procedimiento de embargo de bienes, que puede afectar a cuentas bancarias o, en última instancia, al propio vehículo, pudiendo llegar a su inmovilización y subasta pública para saldar la deuda. Además, la deuda persiste y se transmite; no se puede dar de baja definitiva un vehículo en la Dirección General de Tráfico (DGT) con el impuesto pendiente sin haberlo saldado previamente. Es una deuda vinculada al vehículo y a su titular a 1 de enero.
Un matiz importante para Madrid: Según la información más reciente, a partir de 2026, el ayuntamiento de Madrid implementará un sistema de advertencias para los vehículos no conformes (por impuestos o por restricciones medioambientales) en lugar de multas inmediatas, al menos hasta el final de ese año. Esta medida transitoria no exime del pago, sino que modifica el procedimiento sancionador inicial.
Alternativas y gestión si no puedes pagar
Si un titular se encuentra en una situación de imposibilidad temporal para afrontar el pago, debe actuar con previsión:
- Solicitar fraccionamiento del pago: Algunos ayuntamientos permiten dividir el importe en varios plazos. Debe solicitarse antes de que finalice el período voluntario.
- Valorar la venta del vehículo: Si la situación es insostenible, vender el coche antes del 1 de enero del año siguiente transfiere la obligación del IVTM de ese año al nuevo titular. Venderlo después del 1 de enero no libera de la deuda del año en curso.
- Comunicarse con el ayuntamiento: En casos de extrema dificultad, se puede intentar explicar la situación a la hacienda local. No es una opción reglada, pero en ocasiones puede acordarse una moratoria o plan de pagos excepcional.
La compra de un vehículo de segunda mano exige verificar que no tiene impuestos pendientes y, si necesitas financiación, es útil conocer opciones como el préstamo Auto ECO de CaixaBank. Nuestro análisis del mercado de coches eléctricos de ocasión profundiza en los aspectos a considerar en estas transacciones.
Consejos para una correcta gestión del IVTM
Para evitar problemas administrativos y económicos derivados del impuesto de circulación, se recomienda:
- Domiciliar el pago: Es la forma más eficaz de evitar olvidos y recargos.
- Actualizar el domicilio fiscal: Asegurarse de que la Dirección General de Tráfico (DGT) y el ayuntamiento tienen tu dirección actual para recibir las notificaciones.
- Consultar las bonificaciones: Investigar si tu vehículo o situación personal te hace acreedor a alguna bonificación en tu municipio y solicitarla a tiempo.
- Verificar el pago al comprar un usado: Solicitar un justificante de pago del IVTM del año en curso al adquirir un vehículo de segunda mano.
- Planificar la venta: Si piensas vender tu coche, hacerlo antes del 1 de enero te libera de la obligación del IVTM del año siguiente.
Conclusión
El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) es una obligación fiscal seria y con consecuencias tangibles en caso de incumplimiento. Su gestión eficiente pasa por comprender su naturaleza municipal, calcular correctamente la cuota en base a los caballos fiscales, respetar escrupulosamente los plazos de pago de la localidad correspondiente y aprovechar las bonificaciones existentes. En un contexto de transición energética, donde las políticas fiscales pueden favorecer a los vehículos menos contaminantes, mantenerse informado es clave. La actualización normativa, como la que afectará a Madrid en 2026, subraya la importancia de consultar fuentes oficiales. Gestionar correctamente el IVTM no es solo un deber legal, sino un aspecto fundamental de la propiedad responsable de un vehículo en España.
Preguntas Frecuentes
¿Qué es el IVTM y quién está obligado a pagarlo?
El IVTM (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica) es un impuesto municipal anual que grava la titularidad de un vehículo apto para circular. Lo debe pagar la persona (física o jurídica) que figure como titular en el Permiso de Circulación a fecha de 1 de enero del año que se liquida.
¿Cómo se calcula el importe del impuesto de circulación?
El cálculo se basa en la potencia fiscal (caballos fiscales) del vehículo y el tipo de vehículo. El Estado fija tarifas mínimas por tramos de caballos fiscales, pero cada ayuntamiento puede incrementarlas. La cuota final depende de las ordenanzas fiscales del municipio donde esté empadronado el vehículo.
¿Qué pasa si no pago el IVTM?
El incumplimiento del pago genera recargos por demora y costes de ejecución. Si persiste la deuda, el ayuntamiento puede iniciar un procedimiento de embargo, que puede afectar a cuentas bancarias e incluso llevar al embargo y subasta del vehículo para saldar la deuda. No se puede dar de baja el vehículo con este impuesto pendiente.
¿Puedo dar de baja un coche si debo el impuesto de circulación?
No. Para dar de baja definitiva un vehículo en la DGT es necesario presentar un certificado del ayuntamiento que acredite que no existen deudas pendientes del IVTM, o pagar la deuda previamente. La deuda está vinculada al vehículo y a su titular a 1 de enero.
Vendí mi coche en marzo, ¿debo pagar el IVTM de todo el año?
Sí. El responsable del pago del IVTM de un año natural es quien sea titular a 1 de enero. Si vendiste el vehículo después de esa fecha, te corresponde pagar el impuesto íntegro de ese año. El nuevo propietario será responsable a partir del 1 de enero del año siguiente.
📚 Fuentes y Referencias
Este artículo fue elaborado con información de las siguientes fuentes verificadas:
- ¿Qué pasa si no pago el impuesto de circulación?🔗 www.autopista.es
- WebLifeDev: Innovación en Estrategias Económicas y Gestión ...🔗 weblifedev.com.es
- ¿Se puede dar de baja un coche con impuestos pendientes?🔗 www.autopista.es
* La información técnica puede variar según el mercado. Consulta fuentes oficiales para datos específicos de tu región.