Multas de tránsito Culiacán 2026: cuánto cuestan, descuentos y consulta

Cuánto cuestan las multas de tránsito en Culiacán en 2026: velocidad, celular, cinturón, semáforo, alcohol y más, en UMA y en pesos, con el artículo del reglamento. Descuento por pronto pago, puntos y dónde consultar. Revisado el 25 de octubre de 2026.

Las multas de tránsito en Culiacán las fija el Tabulador de Infracciones y Sanciones en Materia de Vialidad y Tránsito del Municipio de Culiacán, Sinaloa (Decreto Municipal No. 25), complemento del Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador en materia de Tránsito del Municipio de Culiacán (Decreto Municipal No. 24), publicado el 8 de octubre de 2021; la versión que publica el Ayuntamiento en su portal de normatividad es la de esa fecha y no anota reformas posteriores (consultado el 25 de octubre de 2026). Es un reglamento municipal: vale para el municipio de Culiacán. En Sinaloa las multas de tránsito las fija cada municipio con su propio tabulador, publicado en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa» y con un rango de 1 a 50 UMA (Ley de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial del Estado, arts. 459 y 460). Estas cifras son del tabulador del Municipio de Culiacán y solo valen en Culiacán. Mazatlán, Ahome (Los Mochis), Guasave, Navolato y los demás municipios aplican su propio tabulador; no se generaliza. La sanción por manejar con alcohol no sale del tabulador: la fija la Ley estatal (art. 450) y es igual en todo el estado.

Las multas están en UMA (Unidad de Medida y Actualización). En 2026 una UMA vale $117.31, así que para pasar a pesos se multiplica: multa en pesos = UMA × $117.31.

Para darte una idea: exceso de velocidad cuesta 15 a 33 UMA, es decir, $1,759.65 a $3,871.23 (tabulador núm. 111 (Ley de Movilidad, arts. 388 y 426)).

En esta página: Tabla de multas · Otras multas · Descuento por pronto pago · Puntos · Consultar multas · Cómo pagar · Comparación · Preguntas · Fuentes

Tabla de multas de tránsito 2026

InfracciónUMAPesos 2026 (UMA × $117.31)FundamentoAdemás
Exceso de velocidad
Circular a velocidades superiores a los máximos autorizados mediante los señalamientos correspondientes
15 a 33 UMA$1,759.65 a $3,871.23tabulador núm. 111 (Ley de Movilidad, arts. 388 y 426)Es una de las conductas por las que el agente puede detener el vehículo como medida de seguridad (Reglamento del Procedimiento Sancionador, art. 54 fr. I inciso e)
No usar el cinturón
No usar el cinturón de seguridad el conductor y sus acompañantes
5 a 13 UMA$586.55 a $1,525.03tabulador núm. 123 (Ley de Movilidad, arts. 101 y 102)Es una de las conductas por las que el agente puede detener el vehículo como medida de seguridad (Reglamento del Procedimiento Sancionador, art. 54 fr. I inciso g)
Pasarse el semáforo en rojo
Desobedecer las luces de los semáforos y los señalamientos viales
12 a 26 UMA$1,407.72 a $3,050.06tabulador núm. 107 (Ley de Movilidad, arts. 101 y 300)Pasar o avanzar con la señal de alto del semáforo es una de las conductas por las que el agente puede detener el vehículo como medida de seguridad (Reglamento del Procedimiento Sancionador, art. 54 fr. I inciso k)
Estacionarse en lugar prohibido
Estacionarse en lugares no permitidos habiendo señales visibles
6 a 13 UMA$703.86 a $1,525.03tabulador núm. 302 (Reglamento General de la Ley de Tránsito y Transportes, art. 138)—
Alcoholímetro (manejar con alcohol)
Conducir con 0.40 mg/L de alcohol en aire espirado o más, o bajo el influjo de drogas
——Ley de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial del Estado de Sinaloa, art. 450, fr. I, II y IIIArresto administrativo inconmutable de 6 a 9 horas con 0.40 a 0.65 mg/L de alcohol en aire espirado, y de 9 a 12 horas con más de 0.65 mg/L o bajo el influjo de drogas; negarse a la prueba se castiga como el caso más grave (9 a 12 horas). Además, suspensión de la licencia por al menos 1 año (al menos 6 meses para choferes de transporte público o de carga), curso obligatorio de sensibilización y retiro del vehículo si nadie más puede conducirlo. A los choferes de transporte escolar, de pasajeros, de carga o de sustancias peligrosas se les aplica el arresto de 9 a 12 horas con cualquier cantidad de alcohol
Placas o tarjeta de circulación
No portar las placas de circulación
15 a 33 UMA$1,759.65 a $3,871.23tabulador núm. 214 (Ley de Movilidad, arts. 339 y 340)No portar placa es una de las conductas por las que el vehículo puede ser retirado de la vía pública (Reglamento del Procedimiento Sancionador, arts. 52 fr. II y 54 fr. I inciso b)
Manejar sin licencia
Conducir sin obtener y portar licencia o permiso vigente para el tipo de vehículo
6 a 13 UMA$703.86 a $1,525.03tabulador núm. 202 (Ley de Movilidad, arts. 101 y 357)Si el conductor no tiene licencia, el vehículo puede ser retirado de la vía pública (Reglamento del Procedimiento Sancionador, arts. 52 fr. II y 54 fr. I inciso o)

Qué no está en la tabla y por qué:

  • Celular al volante: la Ley de Movilidad lo prohíbe (art. 101, vehículos particulares, fr. VI) y el Reglamento del Procedimiento Sancionador permite detener el vehículo por usarlo (art. 54 fr. I inciso j), pero el tabulador de Culiacán no tiene una fila con su multa. La más cercana es conducir sin sujetar el volante con ambas manos, de 2 a 6 UMA (núm. 103).
  • No verificar: el tabulador no tiene una multa por no llevar holograma o constancia de verificación. La fila más cercana (núm. 227) castiga la falta de verificación de emisiones que excedan los límites permisibles, de 5 a 13 UMA.
  • Alcohol: no tiene multa en UMA en Culiacán; la Ley estatal fija arresto inconmutable y suspensión de la licencia (art. 450).

Más infracciones y lo que cuestan

InfracciónUMAPesos 2026Fundamento
Circular a más de 20 km/h en áreas escolares y hospitalarias cuando no haya señalización9 a 23 UMA$1,055.79 a $2,698.13tabulador núm. 112.2 (Ley de Movilidad, art. 426)
Falta de verificación de la emisión de contaminantes del vehículo cuando excedan los límites permisibles5 a 13 UMA$586.55 a $1,525.03tabulador núm. 227 (Ley de Movilidad, arts. 397 y 398)
No llevar en el vehículo la tarjeta de circulación original4 a 10 UMA$469.24 a $1,173.10tabulador núm. 213 (Ley de Movilidad, art. 339)
Circular con placas, tarjeta de circulación o calcomanía que corresponda a otro vehículo25 a 50 UMA$2,932.75 a $5,865.50tabulador núm. 212 (Ley de Movilidad, art. 339)
Conducir con la licencia revocada o anulada10 a 25 UMA$1,173.10 a $2,932.75tabulador núm. 205 (Ley de Movilidad, art. 101)
Circular sin póliza de seguro vigente que cubra al menos daños a terceros5 a 13 UMA$586.55 a $1,525.03tabulador núm. 210 (Ley de Movilidad, art. 101)
Estacionarse en más de una fila (doble fila)6 a 13 UMA$703.86 a $1,525.03tabulador núm. 316 (Reglamento General de la Ley de Tránsito y Transportes, art. 138 fr. II)
Estacionarse frente a rampas para personas con discapacidad o en áreas reservadas para ellas9 a 23 UMA$1,055.79 a $2,698.13tabulador núm. 317 (Reglamento General de la Ley de Tránsito y Transportes, art. 138 fr. XIII y XIV)
Estacionarse en aceras, camellones, andadores y áreas reservadas a peatones6 a 26 UMA$703.86 a $3,050.06tabulador núm. 305 (Reglamento General de la Ley de Tránsito y Transportes, art. 138 fr. I)
No usar casco protector el conductor o los acompañantes de una motocicleta6 a 13 UMA$703.86 a $1,525.03tabulador núm. 117 (Ley de Movilidad, art. 102)
No ceder el paso al peatón en zonas señaladas o no hacer alto6 a 13 UMA$703.86 a $1,525.03tabulador núm. 121 (Ley de Movilidad, arts. 82, 410 y 420)
Hacer un retorno (vuelta en U) donde no está permitido6 a 13 UMA$703.86 a $1,525.03tabulador núm. 150
Usar cristales oscurecidos, pintados o con rótulos u objetos que impidan la visibilidad9 a 23 UMA$1,055.79 a $2,698.13tabulador núm. 502 (Ley de Movilidad, art. 389 fr. I)

Cuánto te ahorras si pagas pronto

El tabulador y el Reglamento del Procedimiento Sancionador de Culiacán no dan un porcentaje de descuento por pagar pronto. Lo que sí prevén son rebajas: si pides la calificación de la infracción dentro de los 5 días siguientes a la boleta, o si reconoces la falta en el procedimiento, te descuentan 1 UMA del total (art. 50); si aceptas los hechos y pides terminar el procedimiento de forma anticipada, el juez puede aplicarte la multa mínima del tabulador, salvo conductas graves o reincidencia (art. 36). Quien gane hasta dos salarios mínimos al día, o sea jornalero, jubilado o pensionado con ese ingreso, puede pagar como mínimo 1 UMA si la falta no es grave ni reincidente (art. 48 fr. II). El Ayuntamiento anuncia a veces campañas temporales de descuento en multas de tránsito: no están en el reglamento, así que confirma en Tesorería si hay una vigente.

Puntos y suspensión de la licencia

Ni el tabulador de Culiacán ni la Ley de Movilidad del Estado tienen un sistema de puntos. La reincidencia (repetir la misma falta en un año) sube la multa: el juez aplica el máximo del tabulador en conductas graves reincidentes, y la Ley permite aumentarla hasta 100% (art. 464 de la Ley; arts. 46 y 47 del Reglamento del Procedimiento Sancionador). Quien reincide en conductas graves puede ser reportado al Estado para suspenderle la licencia (art. 48 fr. III).

¿Tengo multas? Dónde revisarlo

Revisa tus adeudos en el portal oficial: Pago de multas de tránsito (portal de pagos del Gobierno de Culiacán) (Gobierno Municipal de Culiacán). Se busca con el folio de la multa. Desde la portada de pagos (pagos.culiacan.gob.mx) se elige «Multas de Tránsito». El 25 de octubre de 2026 la página mostraba un aviso de mantenimiento. No consultamos por ti: el portal es la única fuente válida de tus adeudos.

Formas de pago

  • En línea en el portal oficial de pagos del Municipio (pagos.culiacan.gob.mx, opción «Multas de Tránsito»); pagar implica aceptar los hechos y termina el procedimiento de calificación.
  • En las oficinas recaudadoras del Municipio (la Ley manda pagar las multas en las instancias recaudadoras municipales); si no pagas en 15 días tras confirmarse la sanción, la Tesorería la cobra por el procedimiento administrativo de ejecución.

¿Es más cara que en otros estados?

Multa mínima en UMA de cada reglamento y, entre paréntesis, cuántas UMA más o menos que en Culiacán:

DóndeVelocidadCelularCinturónSemáforoEstacionarse
Culiacán (esta página)15—5126
Aguascalientes capital88 (73 más)88 UMA10 (5 más)8 (4 menos)1 (5 menos)
CDMX10 (5 menos)30 UMA5 (igual)10 (2 menos)10 (4 más)
Edomex10 (5 menos)16 UMA3 (2 menos)3 (9 menos)16 (10 más)
Jalisco10 (5 menos)15 UMA10 (5 más)10 (2 menos)1 (5 menos)
Monterrey5 (10 menos)20 UMA12 (7 más)15 (3 más)15 (9 más)
Puebla capital12 (3 menos)8 UMA8 (3 más)12 (igual)8 (2 más)

Por velocidad, la multa mínima en Culiacán (15 UMA) es la 6.ª más baja de 7 reglamentos comparados. En Monterrey la mínima es de 5 UMA: aquí pagas $1,173.10 más (10 UMA × $117.31). Frente a Aguascalientes capital (88 UMA) te ahorras $8,563.63.

También te sirve: Licencia de conducir en Sinaloa · Refrendo en Sinaloa · Cómo impugnar una multa que consideras injusta

Preguntas frecuentes

¿De cuánto es la multa por velocidad en Culiacán en 2026?

15 a 33 UMA ($1,759.65 a $3,871.23 en 2026); es una de las conductas por las que el agente puede detener el vehículo como medida de seguridad (Reglamento del Procedimiento Sancionador, art. 54 fr. I inciso e). Fundamento: tabulador núm. 111 (Ley de Movilidad, arts. 388 y 426) del Tabulador de Infracciones y Sanciones en Materia de Vialidad y Tránsito del Municipio de Culiacán, Sinaloa (Decreto Municipal No. 25), complemento del Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador en materia de Tránsito del Municipio de Culiacán (Decreto Municipal No. 24).

¿Cuál es la sanción por manejar con alcohol en Culiacán?

Arresto administrativo inconmutable de 6 a 9 horas con 0.40 a 0.65 mg/L de alcohol en aire espirado, y de 9 a 12 horas con más de 0.65 mg/L o bajo el influjo de drogas; negarse a la prueba se castiga como el caso más grave (9 a 12 horas). Además, suspensión de la licencia por al menos 1 año (al menos 6 meses para choferes de transporte público o de carga), curso obligatorio de sensibilización y retiro del vehículo si nadie más puede conducirlo. A los choferes de transporte escolar, de pasajeros, de carga o de sustancias peligrosas se les aplica el arresto de 9 a 12 horas con cualquier cantidad de alcohol. Fundamento: Ley de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial del Estado de Sinaloa, art. 450, fr. I, II y III del Tabulador de Infracciones y Sanciones en Materia de Vialidad y Tránsito del Municipio de Culiacán, Sinaloa (Decreto Municipal No. 25), complemento del Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador en materia de Tránsito del Municipio de Culiacán (Decreto Municipal No. 24).

¿Dónde reviso mis infracciones en Culiacán?

En el portal oficial Pago de multas de tránsito (portal de pagos del Gobierno de Culiacán): https://pagos.culiacan.gob.mx/multas-transito. Se busca con el folio de la multa. Desde la portada de pagos (pagos.culiacan.gob.mx) se elige «Multas de Tránsito». El 25 de octubre de 2026 la página mostraba un aviso de mantenimiento.

¿Este reglamento aplica en todo Sinaloa?

No. Es el reglamento del municipio de Culiacán. En Sinaloa las multas de tránsito las fija cada municipio con su propio tabulador, publicado en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa» y con un rango de 1 a 50 UMA (Ley de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial del Estado, arts. 459 y 460). Estas cifras son del tabulador del Municipio de Culiacán y solo valen en Culiacán. Mazatlán, Ahome (Los Mochis), Guasave, Navolato y los demás municipios aplican su propio tabulador; no se generaliza. La sanción por manejar con alcohol no sale del tabulador: la fija la Ley estatal (art. 450) y es igual en todo el estado.

Fuentes oficiales

Cada cifra sale del documento oficial y lleva su artículo. Revisado el 25 de octubre de 2026. La UMA de 2026 ($117.31) es la que publica el INEGI.